Hola Chicos:
He estado liada entre mi trabajo y la Tesis de mi segunda carrera no paro, les cuento que tengo SOLUCIONES para aquellos que estan sin papeles y son de padres nacionalizados españoles por la Ley de la Memoria Historica, para que puedan optar por RESIDENCIA y TRABAJO en España por ARRAIGO FAMILIAR, según el Art. 45.2.C.
Artículo 45. Autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
1. De conformidad con el artículo 31.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, en atención a las circunstancias excepcionales que concurran, se podrá conceder una autorización de residencia temporal a los extranjeros que se hallen en España en los supuestos determinados en este artículo, siempre que no haya mala fe del solicitante.
2. Se podrá conceder una autorización de residencia por razones de arraigo, en los siguientes supuestos:- Por arraigo laboral, podrán obtener una autorización los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un período mínimo de dos años, siempre que carezcan de antecedentes penales en España y en su país de origen, y que demuestren la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a un año.
- A los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un período mínimo de tres años, siempre que carezcan de antecedentes penales en España y en su país de origen, cuenten con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario en el momento de la solicitud cuya duración no sea inferior a un año y bien acrediten vínculos familiares con otros extranjeros residentes, bien presenten un informe que acredite su inserción social emitido por el ayuntamiento en el que tenga su domicilio habitual.
A estos efectos, los vínculos familiares se entenderán referidos exclusivamente a los cónyuges, ascendientes y descendientes en línea directa.
- Cuando se trate de hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
Hablamos de ESPAÑOLES DE ORIGEN, porque todos los Cubanos que se han Nacionalizados bajo la condicion de la Ley de Memoria Historica son considerados ESPAÑOLES DE ORIGEN por la modificación de la Ley.
Si quieren mas información, escribanme.
Espero que les sirva de utilidad,
Saludos,
Marina