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| General Charlas con cubanas, cubanos y gente de todo el mundo. humor, cuentos, conexión de cubanos en la red, fotos de mi tierra, cocina cubana.... Todo lo que no se ajuste a las demás categorias. Introducete a la comunidad aquí ! |
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#41
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Estimada Maura,
no sali de Cuba directamente hacia los Estados Unidos, tuve que ir a la emabajada de Cuba en Guatemala pues no tenia ningun documento de identificacion valido. En ese caso me dijero que no era posible hacer el tramite sin ir a la embajada. Ademas ese pasaporte lo voy a necesitar para viajar mientras no sea ciudadano de otro pais. |
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#42
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Pense que estaba aqui, ahora esta en guatemala?
Maura Cita:
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visita mi pagina http://habana-elportaldemanuel.blogspot.com/ tambien: http://trompetillasoaplausos.blogspot.com/ Cuando el hombre haga un cambio de consiencia, entonces cambiara el mundo.
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#43
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interesante lo de la "ciudadania.."...,lei unos cuantos posts..no todos...pero para poner mi opinion solo digo que no tengo pasaporte cubano,nunca lo tuve,tengo el de USA,me siento cubano de corazon,pero con cerebro americano...y mi patria es USA,...aunque existe un significado de "patria' en el diccionario,tengo la libertad de usar el mio,el cual es ....patria es donde me realize yo como ser humano,y ese lugar a sido USA,por lo tanto,al final....soy americano....y me encanta..!!!!!!!!
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#44
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Me parece que es una perdida de tiempo buscar argumentos legales para responder esa pregunta. En la constitucion cubana se consagra el derecho a todos los cubanos a hospedarse en cualquier hotel y sabemos que eso es imposible. En la mayoria de nustros paises latinoamericanos se admite la doble ciudadania y el estado solo puede retirarsela a los naturales, solo a los naturalizados y mediante acto judicial. segun entiendo al adquirir otra nacionalidad piedes automaticamente la cubana.
Recuerden que en Cuba se vive en un mundo casi subrrealista. Si andas por el extranjero eres al unico ciudadano mundial que no tiene embajada ni consul. No te reconocen como cubano. Pero si vas a Cuba pueden prohibirte la salida. En fin que la vaina se acomoda segun el interes del estamento politico. No traten de entender eso que simplemente no tien explicacion |
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#45
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Cita:
La explicacion es que la isla de Cuba es el feudo de una asquerosa dictadura totalitaria que trata a sus nacionales como a un rebaňo de carneros. |
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#46
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Cita:
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#47
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la jodienda de que hablo es que te llaman aparte y te someten a registros corporales y demoras interminables cuando ven tu pasaporte cubano(especialmente America Airline)
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#48
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Comento un caso documentado:
Varios cubanos hijos de españoles, recuperaron la nacionalidad española (los hijos de españoles, italianos y portugueses, entre otros, nacen con la nacionalidad de su padre o madre originariamente nacional de esos países y nacidos en los mismos) en los años sesenta, en Cuba, y procedieron como establecía la Constitución vigente (la de 1940 remodelada en 1959) presentando documentos probatorios de posesión de nacionalidad extranjera ante el MINREX. Las constituciones, como "leyes de leyes" no aplican directamente beneficios o sanciones, sino que obligan a proceder a partir de otras leyes, decretos y resoluciones, que corresponden a los Ministerios e Institutos correspondientes para cada caso. En temas de nacionalidad, correspondía a MINREX. Desde 1934 ya el antiguo Ministerio de Estado cubano (LUEGO MINREX) tenía establecido un Decreto Ley mediante el cual se aplicaba la pérdida de la ciudadanía cubana, a partir de los principios fundamentales emanados por la Constitución (anteriores y posteriores a dicho año 1934). El ciudadano presentaba a la Dirección de Asuntos Legales (Jurídica) del Ministerio de Estado (o Relaciones Exteriores) un documento expedido por el Cónsul de otro país, donde ese funcionario certificaba que la persona estaba en posesión de una nacionalidad no cubana. Según ese Decreto Ley de 1934 del Min. de Estado de Cuba, "Cuando el Ministro de Estado tenga conocimiento de que un ciudadano cubano por nacimiento o por naturalización, haya adquirido y/o esté en posesión de una ciudadanía extranjera, dictará la resolución de "Pérdida de la Ciudadanía Cubana" ya que la persona ha incurrido en una causal (especie de contravención o delito) de pérdida de la nacionalidad por precepto constitucional. Ignoro si alguna vez se aplicó antes del desgobierno castrista dicho decreto ley, si alguna vez un ministro de Estado o Exteriores, como se llamara entonces, haya dictado tal resolución, pero en los varios casos que conozco, documentados, el Ministro cubano de entonces, Raúl Roa, jamás procedió en ese asunto, con lo cual los afectados no lograron hacer efectiva su pérdida de ciudadanía cubana, salvo dos casos porque las altas esferas del Gobierno se dieron cuenta de que era un subterfugio para abandonar el país. Por muchas gestiones consulares que se efectuaron no procedió y esas personas debieron esperar a gestiones del expresidente español Adolfo Suárez, para que se aceptara la nacionalidad española, italiana o portuguesa, como "visado" con lo cual esos ciudadanos poseedores de nacionalidad extranjera, podían salir del país sin carta de invitación ni trámites en el extranjero o en los consulados de sus países correspondientes. Uno de esos casos pudo viajar a EEUU donde las leyes de inmigración le admitieron que presentara su documentación española, con derecho a permanencia en territorio USA por tres meses y a solicitar visa de residente hasta un máximo de 10 años. En Cuba, como muchas veces insiste Sergio, no se respeta ley alguna, sino el capricho, por lo cual es un intento a priori fallido, pretender que el Gobierno de Cagastro se de por enterado de la adquisición de otra nacionalidad y proceda a cumplir algo que la propia constitución violada y más violada, pero vigente, determina. Saludos a todos los foristas Rolando |
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#49
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Saludos de regreso, Rolando. Ojala que te embulles a participar con mas frecuencia, si el tiempo te lo permite.
Hacen falta debates serios e interesantes en el foro. Sergio |
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#50
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Lo unico que tienes que hacer es adoptar la ciudadania del pais donde resides si cumples con los requisitos.
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